El esfuerzo y dedicación de los socios de Gamonal Abogados permiten lograr resultados positivos en los tribunales. Este es el caso de un cliente al que se le acusaba de amenazas, coacciones y maltrato de obra.
Los hechos se remontan a finales de 2023, cuando una persona presentó una denuncia ante la Policía Nacional contra nuestro cliente. En la denuncia, se alegaba que el acusado habría sometido al denunciante a agresiones físicas y psicológicas. El denunciante relató incidentes de violencia y restricción de libertad, incluyendo amenazas de llevarlo a la fuerza a su país de origen y la supuesta retención de documentos personales. Estos problemas, según afirmó, surgieron a raíz de conflictos derivados de la relación laboral y personal entre ambos.
La fase de instrucción fue dirigida por el letrado Haidar Najem García de Vinuesa, quien examinó detenidamente el atestado policial y la denuncia inicial, en los cuales se observaban imprecisiones significativas en las fechas y en la narración de los supuestos hechos.
En la vista oral del juicio la supuesta víctima expuso su versión, detallando que, desde su llegada a España, vivía con nuestro cliente, quien en un inicio lo había ayudado, pero que con el tiempo habría comenzado a mostrar conductas controladoras y violentas. Según el relato, un día nuestro cliente habría comenzado a amenazar con llevarlo de vuelta a su país de origen, reteniéndolo en la vivienda y agrediéndolo físicamente, impidiendo su salida y quedándose con sus documentos personales.
Sin embargo, nuestra defensa, en esta etapa liderada por el letrado Nuño Merino Melgosa, cuestionó la veracidad de estos testimonios al señalar la falta de pruebas sólidas y objetivas que demostraran una agresión física o una verdadera amenaza de carácter penal. Se practicaron las declaraciones de nuestro representado y de un testigo, quien corroboró que nuestro cliente se había presentado en el lugar de trabajo del denunciante en una ocasión, pero sin generar mayores incidentes. El juez valoró también los registros de mensajes y la comunicación posterior a los eventos descritos, que no existía evidencia concluyente de las otras acusaciones presentadas.
La sentencia fue clara y contundente: nuestro cliente fue absuelto de todos los cargos de amenazas, coacciones y maltrato de obra, debido a que la prueba practicada en el juicio no lograba acreditar los hechos tal como fueron denunciados. El juez resaltó que las declaraciones no resultaron suficientemente precisas ni concordantes. En cuanto a las supuestas amenazas de «hacerle la vida imposible» o «retornarlo a la fuerza», el magistrado indicó que dichas expresiones no alcanzaban el umbral de gravedad que la ley exige para constituir un delito de amenaza, ya que carecían de un componente serio, real y perseverante que pudiera causar intimidación o temor legítimo en el denunciante.
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